jueves, 12 de septiembre de 2024

Elecciones renovación Junta Directiva: REQUISITOS DE LAS CANDIDATURAS

Dado que estamos en pleno proceso de elección de nueva Junta Directiva, todos aquellos que deseen presentar candidatura deberán cumplir los siguientes requisitos, según marcan los estatutos:

ARTÍCULO 24. La Junta Directiva.

1. Como órgano rector y de gestión del club existirá una Junta Directiva, que estará formada por un número de personas integrantes no inferior a tres ni superior a veinte, al frente de la cual estará la persona titular de la Presidencia de la entidad y de la que formarán parte, además, como mínimo, una Vicepresidencia, una Secretaría y una Tesorería, pudiendo existir también las Vocalías que se establezcan.

2. A propuesta de la persona titular de la Presidencia, la Junta Directiva será elegida por sufragio libre, directo y secreto, por y entre las personas integrantes de la Asamblea, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 31.1 de estos estatutos, en relación a la designación de la persona titular de la Secretaría.

3. Será incompatible, en todo caso, ostentar o ejercer el cargo de la Presidencia o de la Vicepresidencia con cualquier otro de la Junta Directiva. Será igualmente incompatible la condición de miembro de la Junta Directiva del club con la pertenencia a este órgano de gobierno en otro club de la misma modalidad deportiva.

4. Para ostentar cualquiera de los cargos de la Junta Directiva, es necesario tener la condición de persona integrante de la entidad con, al menos, un año de antigüedad (salvo cuando se trate de la constitución del club).


ARTICULO 35. Elección de la persona titular de la Presidencia y de la Junta Directiva.

1. La persona titular de la Presidencia y la Junta Directiva de la entidad será elegida en Asamblea General Extraordinaria, mediante sufragio libre, igual, directo y secreto, por y entre los miembros de la Asamblea General.

2. En las candidaturas para la elección de la Junta Directiva, que serán cerradas y completas, deberán figurar, además de la relación de sus componentes, el cargo que cada persona haya de ostentar.


ARTICULO 40. Requisitos de las candidaturas.

1. Los requisitos para ser candidato son los siguientes:
a) Gozar de nacionalidad española o ser extranjero o extranjera residente.
b) Haber alcanzado la mayoría de edad.
c) Hallarse la persona en pleno uso de los derechos civiles y no estar sujeta a sanción disciplinaria deportiva que la inhabilite.
d) Ser persona integrante de la Asamblea con una antigüedad mínima ininterrumpida de un año en el club (salvo cuando se trate de la constitución de la entidad).
e) No ser miembro de la Junta Directiva de otro club deportivo de la misma modalidad.
f) Presentar la candidatura con el aval que se señala a continuación, adjuntando escrito de aceptación de todas las personas candidatas integradas en la misma.

2. Las candidaturas se presentarán a la Comisión Electoral en listas cerradas y completas, especificando el cargo para el que se presenta cada persona incluída en las mismas, conforme a lo establecido en los presentes estatutos, con el aval mínimo del 10% de asambleístas.
Las personas integrantes de la Asamblea que avalen las candidaturas harán constar junto a sus firmas su nombre y apellidos completos, no de socio, en su caso, y adjuntarán copia del D.N.I. o pasaporte. Nadie podrá presentar ni avalar más de una candidatura. En caso de duplicidad de firmas se tendrán por no puestas.


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